Prensa Latina
BRASIL.- Brasil reforzó desde hoy su legislación para castigar los delitos sexuales en Internet contra niños y adolescentes, con penas más severas y nuevas figuras delictivas y agravantes.
La nueva ley, sancionada por el presidente Luiz Inácio Lula da Silva y publicada en el Diario Oficial de la Unión, modifica el Estatuto del Niño y del Adolescente, el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, la Ley de Delitos Hediondos y la Ley de Combate al Crimen Organizado.
También amplía la definición de material de violencia sexual contra menores para incluir imágenes, audios y videos reales o ficticios creados, manipulados o generados mediante inteligencia artificial, siempre que presenten contenido de adultos.
Esta norma, expuso agencia Brasil, busca adaptar el marco jurídico al uso creciente de esas tecnologías para la explotación infantil en entornos digitales.
Como principales modificaciones figuran el aumento de las penas para quienes produzcan, fotografíen, filmen, registren, vendan o divulguen material de abuso sexual infantil.
La condena pasa de cuatro a ocho años de prisión a un rango de cuatro a 10 años, y si la comercialización o difusión ocurre mediante redes sociales, sitios web u otras plataformas digitales, la pena podrá incrementarse en un tercio.
Además, se endurecen las sanciones para quienes ofrezcan, intercambien, transmitan, publiquen o compartan ese tipo de contenido por Internet, así como para quienes lo adquieran, almacenen o mantengan en dispositivos electrónicos.
En este último caso, la pena aumenta de uno a cuatro años de prisión a un intervalo de tres a seis años.
Otra de las novedades consiste en considerar como circunstancia agravante el empleo de herramientas destinadas a ocultar la identidad del autor, como la falsificación o el enmascaramiento de direcciones IP y otros identificadores digitales, utilizados para dificultar la acción de las autoridades durante las investigaciones.
Asimismo se fortalece la actuación de los cuerpos policiales en las investigaciones realizadas en ambientes virtuales y clasifica como delitos hediondos las conductas de mayor gravedad relacionadas con la explotación sexual de niños y adolescentes, lo que implica un régimen penal más estricto.
La iniciativa fue aprobada por el Congreso Nacional en julio, tras recibir respaldo unánime en el Senado Federal, en medio de un creciente debate sobre los riesgos que representan las nuevas tecnologías para la protección de la infancia y la adolescencia.
Para autoridades, la actualización de la legislación responde a la expansión de los delitos sexuales cometidos mediante plataformas digitales y al uso de inteligencia artificial para crear contenido falso con apariencia real.
Tal modalidad, sostienen, dificulta la persecución penal y amplía las posibilidades de revictimización de menores.
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