¿Aplicará la ley? Contrataciones pública informa quiénes, supuestamente,  no podrán hacer negocios con el Gobierno

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SANTO DOMINGO.- La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) anunció este miércoles la implementación del nuevo régimen de inhabilidades previsto en el artículo 38 de la Ley núm. 47-25, que elimina el umbral del 10% de participación accionaria y establece un marco de incompatibilidad absoluta para funcionarios y servidores públicos vinculados a empresas proveedoras del Estado.

La medida refuerza los principios de transparencia, imparcialidad y prevención de conflictos de interés, consolidando un enfoque de tolerancia cero frente a la corrupción.

Principales disposiciones

• Inhabilidad absoluta: ningún funcionario podrá contratar con el Estado si posee participación societaria, sin importar el porcentaje.

Suspensión del RPE: los funcionarios comprendidos en estas causales deberán solicitar la suspensión de su Registro de Proveedor del Estado en un plazo de 15 días hábiles.

• Sanciones: de no cumplir, la DGCP procederá a la suspensión de oficio conforme al artículo 69 del Reglamento de aplicación.

Funcionarios impedidos

Entre los cargos con inhabilidad absoluta figuran:

• Presidente y vicepresidente de la República.

• Ministros, viceministros y consultores jurídicos del Poder Ejecutivo.

• Legisladores, magistrados de la Suprema Corte de Justicia y demás tribunales.

• Miembros de la Cámara de Cuentas y de la Junta Central Electoral.

• Alcaldes, regidores, directores y vocales municipales.

• Contralor General y subcontralor de la República.

• Directores y subdirectores generales de entes y órganos públicos.

Asimismo, quedan impedidas las personas jurídicas en las que estos funcionarios tengan participación societaria o ejerzan funciones de dirección o gerencia.

Procedimiento

La solicitud de suspensión deberá realizarse mediante el formulario disponible en la página institucional de la DGCP, en la sección marco legal/formularios estándar de servicios/proveedores del Estado.

Con esta disposición, la DGCP reafirma su compromiso con el fortalecimiento del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas (SNCP), en protección del interés general y la confianza ciudadana en la gestión pública.

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